Programa Asignatura Dimensión Normativa de la Administración Pública
PROGRAMA SUJETO A APROBACIÓN DEL CD
AÑO ACADÉMICO 2006
Carrera:
TECNICO UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACION PÚBLICA
Asignatura: DIMENSIÓN NORMATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Ciclo: FORMACIÓN BÁSICA AÑO: PRIMERO ELECTIVA: NO
Dictado: CUATRIMESTRAL
Modalidad de Dictado:
MATERIA
Conformación de la Cátedra:
Titular:
Dr. Raúl Borello
JTP:
Docente Adscripta:
Cursantes de Adscripción:
Ayudantes:
FUNDAMENTACIÓN
La fundamentación de este programa se ha realizado teniendo en cuenta los lineamientos fijados por el Plan de Estudios de la carrera.
Como bien ha señalado Elías Díaz (“Estado de Derecho y Sociedad Democrática”; Ed. Taurus; Madrid; 1986; pag 31), las características generales que corresponden, como exigencias mas básicas e indispensables, a todo auténtico Estado de Derecho, pueden concretarse fundamentalmente en las siguientes notas: a) Imperio de la ley; b) División de poderes; c) Legalidad de la Administración y d) Derechos y libertades fundamentales.
De manera muy general – afirma el mencionado autor - el principio de legalidad de la Administración puede enunciarse como exigencia de sometimiento de la Administración a la ley. Quiere ello decir que la Administración, en su actuación, deberá siempre respetar esa primacía de la ley, ajustando a ella su modo de proceder; la Administración realizará sus actos sobre la base de lo permitido por una ley preexistente. Esta constituye así el fundamento y el marco en que actúa la Administración.
El principio de legalidad de la Administración, la sumisión de ésta a la ley, se manifiesta, sobre todo, a través de un sistema de control y responsabilidad de la Administración, sistema que asegure el comportamiento de ésta conforme a Derecho y que sirva de garantía para la seguridad jurídica de los particulares, agrega Díaz.
Desde esta perspectiva, todo acercamiento y estudio de la Administración Pública no puede prescindir de la dimensión normativa dando cuenta de aquellos principios y normas fundamentales que regulan la ordenación jurídica del obrar administrativo público.
Como acertadamente se ha diseñado en el Plan de Estudios de la carrera, la asignatura aborda la dimensión normativa de la Administración Pública a partir de un análisis del ordenamiento jurídico constitucional, para luego dar tratamiento específico al ordenamiento jurídico administrativo. Correcta metodología, pues aquel ejerce supremacía y fija un marco al cual debe circunscribirse éste.
Con relación al primero de ellos (Derecho Constitucional) hemos de tener en cuenta que las distintas fuentes que dan lugar al ordenamiento jurídico administrativo, tienen una diversa graduación jerárquica, intrínseca, dada por la supremacía constitucional (art. 31 C.N.)
El derecho constitucional, así, se erige, como la porción fundamental del derecho público y se convierte en un tronco del cual derivan las distintas ramas. Comprende las normas que regulan la estructura del Estado, determinan sus funciones y definen sus atribuciones y sus límites, constituyendo la base de todo el sistema de derecho público nacional.
La norma del derecho administrativo – entonces - tiene vigencia dentro de los límites de la norma constitucional. Los principios de organización de los órganos ejecutivos, y de la situación que tengan los particulares frente a la Administración. Están influidos por el sistema de organización constitucional. Por ello, las normas que regulan en detalle la organización de las autoridades administrativas que forman parte del derecho administrativo, habrán de tomar como base los principios que la Constitución establece al crear el órgano ejecutivo y fijar sus relaciones con los otros órganos del Estado. Como acertadamente lo ha señalado Roberto Dromi, (“Derecho Administrativo”; Ed. Ciudad Argentina; Bs. As; 1994; pag. 90),es que por todo ello, en la teoría y en la práctica es difícil determinar dónde termina el derecho constitucional y donde empieza el derecho administrativo.
En cuanto al segundo aspecto de la asignatura (Derecho Administrativo) y como ya lo hemos señalado, partimos de la premisa según la cual la administración dentro del Estado de Derecho debe estar sometida al ordenamiento jurídico.
Compete al derecho administrativo, como rama del derecho público, estudiar las normas que regulan la actividad de la administración pública.
El derecho administrativo constituye el ordenamiento común de la administración pública. No está constituido por un conjunto de normas de excepción con respecto al derecho civil, ni constituye un derecho especial. Pero es un sistema jurídico autónomo, por cuanto la organización de la administración pública está regida y sus actividades se realizan por reglas y procedimientos jurídicos que le son propios y difieren de aquellos que rigen la actividad de las personas privadas (Manuel M. Diez;”Derecho Administrativo”, Ed.Plus Ultra; Bs.As; 1974, Tomo I; pag. 78).
OBJETIVOS
Objetivos Generales:
- Brindar a los futuros graduados de la Carrera un conocimiento del ordenamiento jurídico constitucional y del ordenamiento jurídico administrativo, en tanto el obrar de la Administración Pública ha de desenvolverse dentro del marco legal, como premisa básica del Estado de Derecho.
- Comprender e interpretar la estructura jurídica y la regulación de los distintos aspectos que conciernen al campo de actuación de los egresados.
Objetivos Específicos:
- Reconocer el texto constitucional y los principios fundamentales del Derecho Constitucional, así como los conceptos más importantes del Derecho Administrativo, facilitándole a los futuros graduados la comprensión de los instrumentos usuales en su ámbito laboral.
- Analizar el derecho positivo argentino y los conceptos jurídicos elementales en las dos ramas que integran la asignatura, en orden a que su participación en la ejecución de políticas públicas y diseños de proyectos tenga siempre en cuenta el marco jurídico normativo en vigencia.
- Otorgar un conocimiento básico e instrumental del ordenamiento jurídico administrativo para dotar a los futuros egresados de la mayor eficacia posible en su actividad de control y evaluación en el área que se desempeñará.
- Conocer- respecto de los temas a desarrollar- los criterios jurisprudenciales, a partir del conocimiento de los decisorios más relevantes, en tanto el derecho “válido”, es convertido – vía interpretación- en un determinado derecho “vigente”, a partir de la labor creadora de los jueces (Hans Kelsen, Alf Ross).
- Valorar la importancia de la vigencia del Estado Constitucional de Derecho, y con ello de las garantías públicas y los derechos humanos, para que los futuros graduados asuman un compromiso ético a favor de los mismos en sus ámbitos de trabajo.
CONTENIDOS Y BIBLIOGRAFIA:
UNIDAD I : El orden jurídico constitucional
CONTENIDOS:
1.- El orden jurídico constitucional. 2.- Formas de gobierno, regímenes electorales y regímenes políticos. 3.- Declaraciones, derechos y garantías. 4.- Instituciones del Derecho Argentino. 5.-Formación y sanción de las leyes. 6.- Control de constitucionalidad
BIBLIOGRAFIA OBLIGATORIA (entre paréntesis se señalan los temas respectivos de la unidad):
Autor
Título
Lugar, Editorial, Año
Págs.
Kelsen, Hans
(para tema 1) “Teoría pura del derecho” Bs. As; Eudeba; 1960 147 a 153
Sánchez Viamonte, Carlos
(para tema 2) “Manual de Derecho Constitucional” Bs. As; Kapeluz; 1957 13 a 17
Borello, Raúl
(para tema 2) “Esquema de diferencias entre sistemas presidencialistas, parlamentarios y mixtos” Ficha de Cátedra de Derecho Constitucional- Facultad de Ciencia Política y RRII (U.N.R.); 2000
Borello, Raúl
(para tema 2) “El derecho electoral y los sistemas electorales” Ficha de Cátedra de Derecho Constitucional- Facultad de Ciencia Política y RRII (U.N.R.); 2000
Bidart Campos, Germán
(para tema 3) “Compendio de Derecho Constitucional” Bs. As.; Ed. Ediar; 2005 64 a 71
(para tema 3) Constitución de la Nación Argentina.- Primera Parte- Capitulo Primero (Declaraciones Derechos y garantías) y Capitulo Segundo (Nuevos Derechos y garantías).
Sagûes, Nestor (para tema 3) “Los tratados Internacionales en la reforma constitucional argentina de 1994” Bs. As; Ed La Ley – T. 1994- E; 1994 1936 y ss.
(para tema 4) Constitución de la Nación Argentina.- Segunda Parte- (Autoridades de la Nación)
Borello, Raúl
(para tema 4)
- “Relaciones entre Estado e Iglesia Católica en la Constitución Nacional
- “Partidos Políticos” Fichas de Cátedra de Derecho Constitucional- Facultad de Ciencia Política y RRII (U.N.R.); 1999 y 2000
Bidart Campos, Germán
(para tema 5) Op. cit. 305 a 311
Bidart Campos, Germán
(para tema 6) “Manual de Derecho Constitucional” Bs. As; Ed. Ediar; 1980 55 a 65
BIBLIOGRAFIA DE CONSULTA:
Nohlen, Dieter
(para tema 2) “Sistema electorales y partidos políticos” México, E.F.C.E., 1994
Nohlen, Dieter
(para tema 2) “Presidencialismo vs parlamentarismo en América latina” Madrid, Revista de Estudios Políticos Nro.74
Bidart Camos, G. y Herrendorf, D.
(para tema 3) “Principios de derechos humanos y garantías” Bs. As. ; Ediar; 2003
Badeni, Gregorio
(para tema 5)
“Reforma Constitucional e Instituciones Políticas”- Cap. V Bs. As. ; Ad-Hoc; 1994
Sagues, Nestor
(para tema 6) “Elementos de Derecho Constitucional” – Tomo I – Cap. 5 Bs: As.; Astrea; 1997
UNIDAD 2: El orden jurídico administrativo
CONTENIDOS:
1.- El Derecho Administrativo. 2.- Clasificación jurídica de las funciones administrativas. 3.- Los contratos administrativos. 4.- El acto y el hecho administrativo: concepto y elementos. 5.- Caracteres del acto administrativo. 6.- Los órganos del Estado. 7.- Los agentes públicos.
BIBLIOGRAFIA OBLIGATORIA: (entre paréntesis se señalan los temas respectivos de la unidad):
Autor Título Lugar, Editorial, Año Págs.
Gordillo, Agustín
(para tema 1) “Tratado de Derecho Administrativo”- Tomo I- Cap IV Bs.As; Ed. Macchi, 1980 2 a 20
Gordillo, Agustín
(para tema 2) Op.cit Tomo I –Cap VII 1 a 25
Diez, Manuel
(para tema 3) “Manual de Derecho Administrativo” Bs. As.; Ed. Plus Ultra; 1984 309 a 327
Diez, Manuel
(para tema 4) Op.cit 169 a 179 y 191 a 215
Diez, Manuel
(para tema 5) Op.cit 317 a 226
Gordillo, Agustín
(para tema 6) Op. cit- Tomo I- Cap IX 1 a 8
Borello, Raúl
(para tema 6) “Régimen jurídico de los Hospitales Descentralizados” – Capítulo I (Formas de organización de los servicios públicos) Santa Fe; Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Pcia. de Santa Fe; 1994 2 a 15
Gordillo, Agustín
(para tema 7) Op. cit- Tomo I – Cap X 1 a 17
BIBLIOGRAFIA DE CONSULTA:
Escola, Jorge
(para tema 1) “El interés público como fundamento del derecho administrativo” Bs. As, La Ley, 1989 – D - 1418
Parejo Alfonso, Luciano
(para tema 1) “Crisis y renovación en el derecho público” Madrid; Centro de Estudios Constitucionales; 1991
Bercaitz ; Miguel
(para tema 3) “Teoría General de los contratos administrativos” Bs. As.; Depalma, 1980
Dromi, Roberto
(para temas 4 y 5) “El acto administrativo” Madrid, IEAL, 1985
Gordillo, Agustín
(para temas 4 y 5) “El acto administrativo” Bs.As; Abeledo Perrot, 1967
Gordillo,Agustín
(para tema 6) “Descentralización y delegación de autoridad” Bs.As; “Revista de la Administración Pública” 3-4; 1962
Bidart Campos, Gemrán
(para tema 7) “La estabilidad del empleado público” Bs.As; El Derecho; 84-248
BIBLIOGRAFIA GENERAL:
La bibliografía general esta constituida por obras de reconocidos autores en la materia, que – salvo excepciones- contienen todos los temas incluidos en este programa, y pueden ser consultados por los alumnos para profundizar sus estudios, o para el caso en que el profesor así lo indique.
Para la Unidad I - El orden jurídico constitucional
• Bidegain, Carlos María: “Cuadernos del Curso de Derecho Constitucional”; Abeledo Perrot, Bs. As.; 1997
• Bidart Campos, Germán: “Tratado Elemental de Derecho Constitucional”; , Ediar; Bs. As. 1989
• Bidart Campos, Germán: “Manual de la Constitución Reformada” – Tomo IV. Astrea, Bs. As; 1995
• Díaz, Elias: “Estado de Derecho y Sociedad Democrática”; Taurus; Madrid; 1988
• Fayt, Carlos: “Derecho Político”; Ghersi Editos; Bs. As. ; 1983
• García Lema, Alberto: “La reforma por dentro”; Planeta; Bs. As; 1994
• Nino, Carlos: “Fundamentos de Derecho Constitucional”- Astrea; Bs. As.; 1992
• Sabsay, Daniel y Onaindia, José: “La Constitución de los argentinos”; Errepar; 1994
Para la Unidad II - El orden jurídico administrativo
• Diez, Manuel M.: “Derecho Administrativo”; Bs. As., Plus Ultra; 1979; 6 tomos
• Dromi, Roberto: “Derecho Administrativo”; Bs. As., Ciudad Argentina; 1994
• Fiorini, Bartolomé.: “Derecho Administrativo”; Bs. As; Abeledo Perrot; 1976, 2 tomos
• Gordillo Agustín: “Tratado de Derecho Administrativo”; Bs. As.; Macchi, 1974-1982; 5 tomos
• Linares, Juan: “Derecho Administrativo”; Bs. As, Astrea; 1986
• Marienhoff, Miguel: “Tratado de Derecho Administrativo”; Bs. As; Abeledo Perrot; 1966-1977; 5 tomos
METODOLOGIA PEDAGOGICA
La clase magistral – que es siempre necesaria- debe complementarse con otros métodos mas participativos, plurales y dinámicos (trabajos de análisis en grupos, trabajos prácticos, etc..), así como el uso de medios como por ejemplo transparencias, que incentiven y predispongan a los estudiantes, guiándalos metodológicamente.
Con la finalidad de no anclarnos en una enseñanza meramente teórica, los temas mas relevantes de la asignatura incluyen un trabajo práctico relacionado con los mismos, que permitirá – además – generar una dinámica de participación de todo el grupo. Si bien los mismos pueden ser renovados o sustituidos- en virtud del propio carácter dinámico del derecho, que, en cuanto producto social, debe entenderse como un fenómeno no estático y en permanente transformación- se indican los siguientes:
TRABAJOS PRACTICOS
TP Nº 1: La discusión sobre la forma de gobierno en Argentina
A partir de la selección de un escrito específico sobre este tema, en el cual se plantee en forma concisa los ejes del debate, se introducirá a los alumnos – con la guía del profesor – en los siguientes puntos, teniendo siempre en cuenta que se trata del primer trabajo práctico:
- comprensión del texto.
- cumplimiento de las consignas impartidas.
- incentivo del debate entre los miembros del grupo, a partir de un tema “disparador” de la reflexión.
Bibliografría: Nino, Carlos: “Consolidación de la democracia y reforma constitucional: régimen presidencialista, parlamentario o mixto” (En “El futuro de la democracia en Argentina”, Revista Debat/13; Fundació Rafael Campalans, Barcelona; 1989
TP Nº 2: El control de la supremacía constitucional como actividad primordial de los jueces
Sobre la base de un fallo judicial del cual surja con claridad la declaración de inconstitucionalidad de una Ley o Decreto, se pretende que los alumnos, tomen conocimiento directo de la actividad jurisdiccional como tutela la primacía de la Constitución Nacional.
Fallo:”Asociación Mutual Carlos Mugica c/ Estado Nacional (Poder Ejecutivo/COMFER) s/ amparo” – Corte Suprema de Justicia de la Nación; 1 de setiembre de 2003”
TP Nº 3: Actos administrativos: sus vicios y nulidades
A partir del análisis de actos administrativos concretos, como Decretos, Resoluciones Ministeriales, etc.. se espera que los alumnos puedan identificar y diferenciar los vicios graves o leves de los mismos, y con ello la consecuencia que acarrea el defecto: su validez o invalidez.
Bibliografía:
- Dromi, Roberto: “Derecho Administrativo”; Bs. As; Ed. Ciudad Argentina; 1994, pags.151 a 159.
- Dictámenes de Procuración del Tesoro de la Nación: “Marchetti” (2003) y ”Golán” (2000)
TP Nº 4: Estabilidad del empleado público: sus alcances en la jurisprudencia
Tomando como base distintos antecedentes jurisprudenciales, los alumnos apreciarán el alcance que los jueces – en su labor interpretativa del derecho- le han dado a la garantía de “estabilidad” que para los empleados públicos consagra el art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional.
Bibliografía:
- Decisorios judiciales a seleccionar por el profesor sobre dicha temática.
REGIMEN DE CURSADO Y EVALUACION:
CONDICIONES PARA LA REGULARIZACIÓN Y PROMOCIÓN
Alumnos regulares y de promoción.
Para adquirir la condición de regular, se exige un 75% de asistencia a las clases prácticas, la aprobación de 3 de los 4 trabajos prácticos y aprobar el parcial correspondiente a la primera unidad, o su recuperatorio.
Para promocionar la asignatura, los estudiantes deberán asistir al 75% de las clases teóricas y, además, aprobar el parcial correspondiente a la segunda unidad, o su recuperatorio.
La modalidad de los exámenes será escrita y sobre temas puntuales del programa, descartando las denominadas “pruebas objetivas” por su elevada dosis de azar
Alumnos libres:
En la fecha asignada por las autoridades de la Carrera, el alumno libre deberá rendir un examen escrito concerniente a la totalidad de la materia que tendrá un máximo de diez preguntas abarcativas de todas las unidades del programa y no se extenderá más allá de dos horas de duración.
Los alumnos que han adquirido la condición de “regular” y no han promocionado la materia, deberán, a tales fines, rendir un examen escrito en la misma fecha que la asignada por las autoridades de la Carrera (conforme se expuso en el párrafo precedente), con un máximo de cinco preguntas que si bien se corresponderán con todas las unidades del programa, se pondrá especial énfasis y mayor exigencia en temas propios de segunda unidad.
CRONOGRAMA DE TRABAJO PARA EL CURSO REGULAR:
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Fecha Clase Carácter Temática
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31-08 01 Teórico El orden jurídico constitucional y las características del régimen
Político argentino
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07-09 02 Teórico Sistemas electorales ; formas de gobierno
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14-09 03 T.P. Nº 1 La discusión sobre la forma de gobierno en Argentina
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21-09 04 Teórico Declaraciones, derechos y garantías
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28-09 05 Teórico Instituciones del Derecho Argentino; formación y sanción de leyes
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05-10 06 Teórico Control de Constitucionalidad.
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12-10 07 TP Nº 2: El control de la supremacía constitucional (fallo)
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19-10 08 PRIMER PARCIAL
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26-10 09 Teórico El Derecho Administrativo; funciones administrativas
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02-11 10 RECUPERATORIO PRIMER PARCIAL
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09-11 11 Teórico Hechos, Actos y Contratos administrativos.
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16-11 12 TP Nº 3: Actos administrativos: sus vicios y nulidades
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23-11 13 Teórico Órganos del Estado
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30-11 14 Teórico Agentes Públicos
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07-12 15 TP Nº 4: Estabilidad del empleado público: sus alcances en la jurisprudencia
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14-12 16 SEGUNDO PARCIAL
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Fecha a confirmar: recuperatorio del segundo parcial.-
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Firma Docente Responsable
