AÑO ACADÉMICO 2007

Carrera:

TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

ORIENTACIÓN EN ADMINISTRACIÓN

DE INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS

Asignatura:

REGIMEN JURIDICO DE LA EDUCACION SUPERIOR

Ciclo:

AÑO:

SEGUNDO

ELECTIVA:

NO

Dictado:

CUATRIMESTRAL

Modalidad de Dictado:

MATERIA

Conformación de la Cátedra:

Profesora Titular:

Profesora Paola Giampaoli

Auxiliar docente

Profesor Enrique Barés

Fundamentación

A - Consideraciones generales:

El abordaje de la temática del régimen jurídico de la universidad, se realizará teniendo en cuenta los principales objetivos que dan estructura y sentido a la Tecnicatura Superior en Administración Pública. Orientación en Administración de la Educación Superior.

Con la sanción de la ley 24521, por primera vez se estructura el SES con la complejidad y diversidad que éste engloba, definiendo las cualidades de las instituciones que lo conforman y la naturaleza de su misión.

Entre los aspectos más significativos, puede señalarse la articulación entre instituciones de educación superior universitarias e instituciones de educación superior no universitaria, lo que instala una nueva visión y reconocimiento que instituye una estructura de sistema; una estructura de sistema que ordena, jerarquiza y define los componentes, los actores, los alcances y las limitaciones de las organizaciones que conforman el SES.

Si entendemos que toda ley es expresión de la voluntad del conjunto social, debe considerarse que las condiciones sociales, políticas, culturales y económicas sobrederterminan la expresión jurídica del conjunto social en un determinado contexto histórico.

A partir de mediados del siglo XX, se verifica en América Latina la expansión y diversificación de las instituciones de educación, carreras y diplomas en general, y de la educación superior, en particular. En Argentina, por ejemplo, la creación de la Universidad Tecnológica Nacional, originalmente Universidad Obrera Nacional (1948); y la creación de nuevas universidades como la Nacional del Sur (1958), Nacional de Rosario (1968), Nacional de Luján (1973) etc. Así también, es necesario considerar el incremento de alumnos y docentes que se verifica a partir de 1950.

De la misma manera, la educación superior no universitaria, se produce la expansión del sistema con el incremento en la cantidad de institutos, alumnos y docentes. Debe tenerse en cuenta que un número importante de estas instituciones, terciarias no universitarias, estaban reguladas por las jurisdicciones provinciales, además de la jurisdicción nacional; lo que implicaba una mayor complejidad y diversificación de políticas y orientaciones. Esto dificultaba aún más, la comprensión de un sistema educativo.

En este contexto se hacia sentir cada vez más, la necesidad de una organización y estructura que le atribuyera a las distintas instituciones implicadas en la educación superior, un orden regulador, instalando entre otros puntos, definiciones, criterios y normativas, que le dieran lógica a las organizaciones, a los actores y las acciones.

En este contexto entra en escena la problemática de la calidad de las prácticas educativas y científicas. Hacia mediados de la década del 60, acontecen episodios que develan cuestionamientos a los conocimientos producidos en los ámbitos académicos y a las organizaciones (universidades) dentro de las cuales se habían desarrollados, atesorados y enseñados las “verdades” que en cada momento sostenían el imaginario colectivo. La revolución cultural china (1966), el mayo francés (1968), la primavera de Praga (1969), el movimiento beatnik (1960), el cordobazo (1969) son, entre otros, evidencias del inconformismo con los saberes consagrados.

Asociado a la cuestión de la legitimación, podemos pensar la problemática de la calidad. En los `70, los autores crítico reproductivistas (Pierre Bourdieu, Jean Claude Passeron, Christian Baudelot, Iván Illych, entre otros) habían advertido críticamente la función social del conocimiento y de las instituciones educativas. Especialmente Baudelot y Establet (1975) formulaban un certero diagnóstico al plantear que las clases populares recibían menos y peor educación que los sectores económicamente dominantes haciendo vana la pretensión moderna de la igualdad de oportunidades. A comienzos de los ´80 se consolida, en Occidente, el debate sobre la cuestión de la calidad de la educación, cuando –desde el extremo opuesto del arco ideológico de Occidente se proclama el alerta. En el documento A Nation at Risk (1983), los Estados Unidos de América advierten la necesidad de prestar atención al problema de la calidad de sus sistemas de educación. Es a comienzos de esa década que se intensifican los estudios académicos sobre la Universidad. Burton Clark, Carlos Tünnermann Bernheim, José Joaquín Brunner, Daniel Cano por citar sólo algunos de los más consultados de entre los autores americanos que instalan el tema de la universidad como objeto de investigación de los propios universitarios. No podemos soslayar en este brevísimo racconto, la obra de Pierre Bourdieu, Homo Academicus. Se suscita entonces el debate acerca de la definición de la calidad de la educación. Calidad es un concepto evasivo, multívoco, histórico. Pero todos sabemos que hay calidades mejores que otras. ¿Cuáles son las notas esenciales de una educación de calidad? ¿Hay un curriculum mejor que otro? Muchos son los enfoques sobre el tema. Hoy se ha instalado, aún en un plano preparatorio, la Red Iberoamericana para la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior que propone la normalización de algunos términos y criterios que, de algún modo, contribuyan a la comparabilidad de los sistemas de educación superior, sus organizaciones, sus diplomas y credenciales, su producción de conocimientos, sus estatus institucionales...

A la cuestión de la calidad se asocia, inmediatamente, la problemática de la evaluación. Para decirlo muy, pero muy sintéticamente, diremos que –al evaluar- siempre se compara el objeto a evaluar con un fondo que, previamente, se ha diseñado. La discusión estará entonces, en cómo construimos ese fondo. Algunos prefieren hacerlo a partir de los propios enunciados que realiza la institución (o carrera, de grado o de postgrado). Otros agregan que debe ponderarse sobre la base de la construcción de un ideal que surja de la opinión de los expertos (aquí hay, entonces, un debate previo ¿quiénes son los expertos y quién los habilita como tales?). Algunas propuestas consisten en tomar algunos indicadores básicos y establecer los márgenes cuantitativos de ocurrencia de los fenómenos evaluados en un contexto institucional, nacional o internacional y mensurar la dispersión respecto de estas marcas.

El conjunto de estas problemáticas quedan incluídas en el texto legal y diseñan el Sistema de Edcucación Superior Se desarrollarán durante el transcurso de la materia.

Contenidos mínimos.

La Universidad en el contexto de la Administración Pública Nacional. Autonomía académica e institucional. Autarquía económico-financiera. La función de Coordinación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Ley Federal de Educación. Instituciones Universitarias y sus funciones. Ley de Educación Superior. Estatuto de la Universidad Nacional de Rosario. Órganos y funciones. Régimen Electoral. Régimen disciplinario y jubilatorio.

OBJETIVOS

Objetivos Generales:

El curso estará orientado de manera que los/as alumnos/as logren:

- Comprender la incidencia de las condiciones contextuales (sociales, económicas, políticas, culturales) de surgimiento y vigencia de las leyes, en general, y de las leyes educativas, en particular.

- Construir un marco conceptual adecuado para el análisis del marco legal del sistema de educación superior argentino.

- Formular una estructura analítica de las normas legales identificando la consistencia interna de las mismas.

Objetivos Específicos:

- Interpretar los procesos de articulación de los distintos subsistemas que componen el sistema de educación superior. (subsistema universitario y no-universitario; nacional y provinciales; público y privado).

- Conocer la estructura y el orden jurídico que regula el sistema de educación superior.

- Analizar críticamente el estatuto de la UNR.


CONTENIDOS Y BIBLIOGRAFÍA

UNIDAD 1: Estado, ley y universidad.

CONTENIDOS:

- La administración pública y la universidad. Su estatus jurídico.

- Condiciones contextuales del tratamiento y sanción de la ley 24521.

- La autonomía académica e institucional de las Universidades Nacionales

- La autarquía económica y financiera de la Universidades Nacionales.

BIBLIOGRAFIA OBLIGATORIA:

Autor

Título

Lugar, Editorial, Año

Constitución de la Nación Argentina. Artículo 75. Inciso 19.

Reforma, 1994.

Ley de Educación Superior, Nº 24521. Artículos 29; 30; 31; 32; 34; 48, 58 y 59.

Buenos Aires, 1995.

Ley Federal de Educación, Nº 24521. Cáp. 5. Artículo 23.

Buenos Aires, 1993.

Rojas Mix, Miguel.

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